Convalidacion de titulos nauticos extranjeros en españa

Convalidacion de titulos nauticos extranjeros en España

Títulos náuticos extranjeros en España

País
Título Extranjero
Título Equivalente
 
   
Alemania

F\Hrerschein Binnenfahrt

Autorización Federativa

 

F\Hrerschein Revierfahrt

Patrón para Navegación Básica

 

F\Hrerschein Kustenfahrt

Patrón de Embarcaciones de Recreo

 

F\Hrerschein F\R Grosse Kustenfahrt

Patrón de Yate

 

F\Hrerschein Seefahrt

Capitán de Yate

 
 
   
Andorra

Patró d’Altura

Patrón de Yate

 

Patró de Costa

Patrón de Embarcaciones de Recreo

 
 
   
Bélgica

Brevet van Yachtnavigator

Capitán de Yate

 

Brevet van Yachtman

Patrón de Yate

 

Algemeen Stuurbrevet

Autorización Federativa

 

Beperkt Stuurbrevet

Autorización Federativa

 
 
   
Canadá

Patron Deportivo

Capitán de Yate

 

Patron Deportivo

Patrón de Yate

 

Autorizacion para botes

Autorización Federativa

 

Autorizacio motos

Sin equivalencia

 
 
   
Chile

Capitan de Alta Mar

Patrón de Yate

 

Capitan Deportivo Costero

Patrón de Embarcaciones de Recreo

 

Patron Deportivo de Bahia

Patrón para Navegación Básica

 
 
   
Francia

Permis mer Hauturioer

Capitán de Yate

 

Permis mer Cotier

Patrón de Embarcaciones de Recreo

 

Permis A

Patrón para Navegación Básica

 

Permis B

Patrón para Navegación Básica

 

Permis C

Patrón de Embarcaciones de Recreo

 

Carte Mer

Autorización Federativa

 
 
   
Holanda

Klein Waarbewijs nO1

Autorización Federativa

 

Klein Waarbewijs nO2

Autorización Federativa

 
 
   
Irlanda

Day Skipper Autorización Federativa

   

Coastal Skipper Shore-Board

Patrón para Navegación Básica

 

ISA-Coastal Skipper Certificate

Patrón de Embarcaciones de Recreo

 

ISA-Yachtmaster Offshore Certificate

Patrón de Yate

 

ISA-Yachtmaster Ocean Certificate

Capitán de Yate

 
 
   

Italia

Patenti per il Comando di Unita da Diporto (1)

Capitán de Yate

 

Patenti per il Comando di Unita da Diporto (2)

Patroón de Yate

 

Patenti per il Comando delle navi da Porto

Patrón de Embarcaciones de Recreo

 
 
   
Luxemburgo

Permis de Navigation (1)

Patrón para Navegación Básica

 

Permis de Navigation (2)

Patroón de Embarcaciones de Recreo

 

Permis de Navigation (3)

Autorización Federativa

 
 
   
México

Certificado de Competencia especial para P.Y.

Patrón de Yate

 
 
   
Noruega

Master Certificate for Pleasure Craft

Patrón de Yate

 
 
   

Portugal

Patrao de Alto Mar

Capitán de Yate

 

Patrao de Costa

Patrón de Yate

 

Patrao de Vela o Motor

Patrón de Embarcaciones de Recreo

 

Marinheiro

Patrón para Navegació Básica

 

Principiante

Autorización Federativa

 
 
   
Reino Unido

Yatchmaster Ocean

Capitán de Yate

 

Yatchmaster Offshore

Patrón de Yate

 

Coastal Skipper

Patrón de Embarcaciones de Recreo

 

Advanced Powerboat

Patrón de Embarcaciones de Recreo

 

Powerboat Level 2

Patrón para Navegación Básica

 
 
   
Suecia

Offshore Yachtmaster Diploma

Patrón de Yate

 

Inshore Yachtmaster Diploma

Patrón de Embarcaciones de Recreo

 

Costal Yachtmaster Diploma

Patrón para Navegación Básica

 

Practical Boat Training

Autorización Federativa

 
 
   
Suiza

Permis B

Patrón de Yate

 

Licencia Cantonal

Patrón para Navegación Básica

 
 
   
Uruguay

Permiso para zona «A»

Capitán de Yate

 

Permiso para zona «B»

Patrón de Embarcaciones de Recreo

 

Permiso para zona «C»

Patrón de Embarcaciones de Recreo

 

Permiso para zona «D»

Patrón para Navegación Básica

 
 
   
Venezuela

Licencia de Patron Deportivo de Segunda

Patrón de Embarcaciones de Recreo

 

Convalidación de títulos náuticos extranjeros en España

En este artítulo abordamos la situación de aquellos individuos que necesitan la convalidación de títulos náuticos extranjeros en España, que al entrar en vigor la Orden FOM/3200/2007 el 4 de noviembre de 2007, se encontraban en las siguientes circunstancias:

  1. Poseían una licencia para operar embarcaciones con bandera española emitida por las capitanías marítimas y en vigencia.
  2. Eran ciudadanos españoles o del Espacio Económico Europeo, con referencia a la residencia.
    Es importante señalar que, conforme al artículo 12 de la Orden de Fomento de fecha 17/06/1997, la concesión de dichas licencias fue delegada por la D.G.M.M. en las Capitanías Marítimas a través de la Instrucción de Servicio 3/1998.

Dicha Instrucción establecía que se podían otorgar licencias a aquellos que poseyeran títulos no pertenecientes a la Unión Europea, siempre que demostraran ser ciudadanos del país emisor, residentes o hubieran residido previamente durante al menos tres años. En tal caso, las licencias se emitirían por un máximo de tres meses.

Cuando la licencia se basara en un título emitido por un país de la Unión Europea, la Instrucción de Servicio indicaba que la licencia debía tener vigencia hasta la expiración de la tarjeta extranjera o por un período de 5 años si la expiración era posterior.

Para aquellos que tenían una licencia válida en el momento de la entrada en vigor de la Orden, esta se prorrogaba por un período de 4 años, como se establece en la Disposición Transitoria Tercera de la misma, es decir, hasta el 3 de noviembre de 2011. En esta fecha, la licencia caduca, aunque durante este período, los titulares de dicha licencia pueden obtener la correspondiente licencia española si aprueban un examen práctico requerido.

Hasta la reciente Resolución de la D.G.M.M. del 9 de marzo de 2010, publicada el 28 de mayo, la opción de Convalidación de títulos náuticos extranjeros en España carecía de regulación explícita. Esta resolución establece que aquellos que cumplan con los requisitos para la homologación deben realizar una prueba práctica similar a la establecida en la mencionada Orden FOM/3200/2007.

Estas pruebas o exámenes prácticos, a los que hace referencia la resolución, están diseñados para quienes obtienen un título español, como una alternativa a las prácticas de seguridad y navegación. Generalmente, estos exámenes requieren la participación de un representante de la administración competente, ya sea estatal o autonómico. Aunque en algunas Comunidades Autónomas, las academias también pueden administrar los exámenes. En el caso particular de Cataluña, la Generalitat es la entidad examinadora, utilizando sus propias embarcaciones.

En resumen, según lo establecido en la Resolución del 9 de marzo, para conseguir la Convalidación de títulos náuticos extranjeros en España, parece ser que las academias deben administrar estos exámenes a las personas que buscan homologar títulos extranjeros, utilizando simuladores para las prácticas de radio y embarcaciones autorizadas para realizar prácticas de seguridad y navegación. Esto podría generar problemas normativos y de competencia, ya que cuando el solicitante presente una solicitud de título español junto con un certificado de la escuela náutica, según el formulario adjunto a la resolución como Anexo 1, es posible que la entidad encargada de emitir el título, generalmente a nivel autonómico, no reconozca el examen. Esto podría dar lugar a un conflicto de competencias que, en mi opinión, se resolvería a favor de la Comunidad Autónoma.

* Información actualizada a 1 de Septiembre de 2019

Enlaces externos para Convalidación de títulos náuticos: https://www.mitma.es/marina-mercante/titulaciones/titulaciones-de-recreo/titulos/convalidacion-del-titulo

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